Solución Integral Empresarial

Tasa de usura

Se considera usura la tasa de interés que se cobra por un crédito que supere el 50% del interés corriente vigente para el periodo en cuestión que sido certificado por la Superintendencia financiera.

Qué es la usura.

La usura el cobro de intereses excesivos sobre una obligación como créditos, préstamos o ventas de bienes y servicios financiados.

La usura es cuando se cobran intereses superiores a los que la ley permite.

La Superintendencia financiera colombiana certifica periódicamente la tasa de interés máximo que se puede cobrar, y cuando se cobra más que eso, se incurre en usura.

Cómo se establece la tasa de usura.

La tasa de usura se establece aplicando el 50% sobre el interés bancario corriente que en Colombia es certificado por la Superintendencia financiera.

En consecuencia, se incurre en usura cuando se cobra un interés que supere en un 50% el interés bancario corriente.

Así, cuando el interés bancario corriente es del 20%, el 20% incrementado en un 50% que da el 30%.

De manera que para determinar la tasa de usura tomamos el interés bancario corriente y lo multiplicamos por 1,5.

20 x 1,5 = 30.

Es un proceso que se debe hacer mensualmente cada vez que la Superintendencia financiera certifica el interés bancario corriente.

Quién determina la tasa de usura.

La tasa de usura se determina indirectamente por la Superintendencia financiera, en razón a que la tasa de usura se basa en el interés bancario corriente, que es certificado por la Superfinanciera, para la modalidad crédito de consumo y ordinario.

La Superintendencia financiera no certifica la tasa de usura, sino la materia prima para calcular la tasa de usura, que repetimos, es el interés bancario corriente para .

La Superfinanciera no fija, sino que certifica, pues la tasa de usura es fijada por la ley cuando dice que equivale al interés bancario corriente incrementado en un 50%, procedimiento o cálculo que hará cada autoridad competente o el mismo usuario de la información.

El interés corriente es el que cobran los bancos en sus transacciones comerciales, y la Superintendencia se limita a certificar esa tasa o interés.

Tasa de usura histórica.

En la siguiente tabla se presenta la tasa de usura histórica por cada mes desde el enero de 2010.

Mes-AñoInterés CorrienteTasa de Usura
Enero 201016.14%24.21%
Febrero 201016.14%24.21%
Marzo 201016.14%24.21%
Abril 201015.31%22.97%
Mayo 201015.31%22.97%
Junio 201015.31%22.97%
Julio 201014.94%22.41%
Agosto 201014.94%22.41%
Septiembre 201014.94%22.41%
Octubre 201014.21%21.32%
Noviembre 201014.21%21.32%
Diciembre 201014.21%21.32%
Enero 201115.61%23.42%
Febrero 201115.61%23.42%
Marzo 201115.61%23.42%
Abril 201117.69%26.54%
Mayo 201117.69%26.54%
Junio 201117.69%26.54%
Julio 201118.63%27.95%
Agosto 201118.63%27.95%
Septiembre 201118.63%27.95%
Octubre 201119.39%29.09%
Noviembre 201119.39%29.09%
Diciembre 201119.39%29.09%
Enero 201219.92%29.88%
Febrero 201219.92%29.88%
Marzo 201219.92%29.88%
Abril 201220.52%30.78%
Mayo 201220.52%30.78%
Junio 201220.52%30.78%
Julio 201220.86%31.29%
Agosto 201220.86%31.29%
Septiembre 201220.86%31.29%
Octubre 201220.89%31.34%
Noviembre 201220.89%31.34%
Diciembre 201220.89%31.34%
Enero 201320.75%31.13%
Febrero 201320.75%31.13%
Marzo 201320.75%31.13%
Abril 201320.83%31.25%
Mayo 201320.83%31.25%
Junio 201320.83%31.25%
Julio 201320.34%30.51%
Agosto 201320.34%30.51%
Septiembre 201320.34%30.51%
Octubre 201319.85%29.78%
Noviembre 201319.85%29.78%
Diciembre 201319.85%29.78%
Enero 201419.65%29.48%
Febrero 201419.65%29.48%
Marzo 201419.65%29.48%
Abril 201419.63%29.45%
Mayo 201419.63%29.45%
Junio 201419.63%29.45%
Julio 201419.33%29.00%
Agosto 201419.33%29.00%
Septiembre 201419.33%29.00%
Octubre 201419.17%28.76%
Noviembre 201419.17%28.76%
Diciembre 201419.17%28.76%
Enero 201519.21%28.82%
Febrero 201519.21%28.82%
Marzo 201519.21%28.82%
Abril 201519.37%29.06%
Mayo 201519.37%29.06%
Junio 201519.37%29.06%
Julio 201519.26%28.89%
Agosto 201519.26%28.89%
Septiembre 201519.26%28.89%
Octubre 201519.33%29.00%
Noviembre 201519.33%29.00%
Diciembre 201519.33%29.00%
Enero 201619.68%29.52%
Febrero 201619.68%29.52%
Marzo 201619.68%29.52%
Abril 201620.54%30.81%
Mayo 201620.54%30.81%
Junio 201620.54%30.81%
Julio 201621.34%32.01%
Agosto 201621.34%32.01%
Septiembre 201621.34%32.01%
Octubre 201621.99%32.99%
Noviembre 201621.99%32.99%
Diciembre 201621.99%32.99%
Enero 201722.34%33.51%
Febrero 201722.34%33.51%
Marzo 201722.34%33.51%
Abril 201722.33%33.50%
Mayo 201722.33%33.50%
Junio 201722.33%33.50%
Julio 201721.98%32.97%
Agosto 201721.98%32.97%
Septiembre 201721.98%32.97%
Octubre 201721.15%31.73%
Noviembre 201720.96%31.44%
Diciembre 201720.77%31.16%
Enero 201820.69%31.04%
Febrero 201820.01%30.02%
Marzo 201820.68%31.02%
Abril 201820.48%30.72%
Mayo 201820.44%30.66%
Junio 201820.28%30.42%
Julio 201820.03%30.05%
Agosto 201819.94%29.91%
Septiembre 201819.81%29.72%
Octubre 201819.63%29.45%
Noviembre 201819.49%29.24%
Diciembre 201819.40%29.10%
Enero 201919.16%28.74%
Febrero 201919.70%29.55%
Marzo 201919.37%29.06%
Abril 201919.32%28.98%
Mayo 201919.34%29.01%
Junio 201919.30%28.95%
Julio 201919.28%28.92%
Agosto 201919.32%28.98%
Septiembre 201919.32%28.98%
Octubre 201919.10%28.65%
Noviembre 201919.03%28.55%
Diciembre 201918.91%28.37%
Enero 202018.77%28.16%
Febrero 202019.70%29.55%
Marzo 202018.95%28.43%
Abril 202018.69%28.04%
Mayo 202018.19%27.29%
Junio 202018.12%27.18%
Julio 202018.12%27.18%
Agosto 202018.29%27.44%
Septiembre 202018.35%27.53%
Octubre 202018.09%27.14%
Noviembre 202017.84%26.76%
Diciembre 202017.46%26.19%
Enero 202117.32%25.98%
Febrero 202117.54%26.31%
Marzo 202116.08%24.12%
Abril 202117.31%25.97%
Mayo 202117.22%25.83%
Junio 202117.21%25.82%
Julio 202117.18%25.77%
Agosto 202117.24%25.86%
Septiembre 202117.19%25.79%
Octubre 202117.08%25.62%
Noviembre 202117.27%25.91%
Diciembre 202117.46%26.19%
Enero 202217.66%26.49%
Febrero 202218.30%27.45%
Marzo 202218.47%27.71%
Abril 202219.05%28.58%
Mayo 202219.71%29.57%
Junio 202220.40%30.60%
Julio 202221.28%31.92%
Agosto 202222.21%33.32%
Septiembre 202223.50%35.25%
Octubre 202224.61%36.92%
Noviembre 202225.78%38.67%
Diciembre 202227.64%41.46%
Enero 202328.84%43.26%
Febrero 202330.18%45.27%
Marzo 202330.84%46.26%
Abril 202331.39%47.09%
Mayo 202330.27%45.41%
Junio 202329.76%44.64%
Julio 202329.36%44.04%
Agosto 202328.75%43.13%
Septiembre 202328.03%42.05%
Octubre 202326.53%39.80%
Noviembre 202325.52%38.28%
Diciembre 202325.04%37.56%

El porcentaje que figura en la columna de tasa de usura, es el límite máximo que se puede cobrar por intereses. Si se supera ese porcentaje en un mes determinado, se incurre en el delito de usura.

Fuente:https://www.gerencie.com/tasa-de-usura.html

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