Se consideró que el Gobierno excedió su potestad reglamentaria y desconoció la reserva de ley en materia laboral.
Tal y como fue anunciado, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 234/26, con el que el Gobierno Petro reguló la negociación colectiva en niveles superiores al de empresa.
La norma establece reglas para que las convenciones colectivas celebradas en determinado nivel produzcan efectos frente a empleadores, empresas, unidades productivas y trabajadores comprendidos en el ámbito de negociación.
Según los demandantes, dichas reglas no tienen sustento en la legislación laboral vigente y, por ende, el Ejecutivo invadió competencias propias del legislador. El alto tribunal señaló que el ordenamiento sí contempla la posibilidad de que la negociación colectiva trascienda el ámbito de una sola empresa.
Sin embargo, advirtió, las normas invocadas como fundamento del decreto cuestionado no establecen un régimen articulado que permita al Gobierno definir, mediante reglamento, los elementos estructurales del modelo de negociación colectiva. Se trata de asuntos que inciden directamente en el régimen de negociación colectiva y en los derechos y obligaciones de quienes participan en ella.
Al analizar los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) invocados como fundamento de la regulación, la Sala precisó que, si bien hacen parte del ordenamiento jurídico, no modifican competencias constitucionales, de manera que no pueden, por sí solos, fundamentar aspectos estructurales de un régimen de negociación que no había sido previamente definido por la ley.
Así las cosas, se concluyó que el Gobierno excedió su potestad reglamentaria y desconoció la reserva de ley en materia laboral. La Corporación aclaró que la decisión es de carácter cautelar y no implica un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad de la norma. El análisis de fondo de las demandas corresponderá a la sentencia que ponga fin al proceso.
Fuente:https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/suspenden-norma-que-regulaba-negociacion-colectiva-mas-alla-del-ambito-de-la
