Solución Integral Empresarial

Proyecto de reforma: algunas propuestas casi invisibles

Editorial Tributar Asesores SAS

Bastanes comentarios se reciben alrededor del proyecto de Ley de Financiamiento 2025, todos ellos sobre materias visibles y fácilmente identificables. Sin embargo, poco o nada se comenta sobre modificaciones que se formulan en forma de derogatorias o que están encapsuladas en otras normas del proyecto. Por ello, queremos desarrollar algunos de esos temas caso invisibles, que merecen ser analizados con lupa por su impacto en los contribuyentes:

  1. Exclusión de IVA en la venta de El proyecto propone derogar la exclusión del IVA que actualmente existe para la venta de bienes inmuebles con lo cual, de aprobarse, las operaciones de compraventa de inmuebles quedarían gravadas con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general, sin miramiento de estrato, calidad o condición, es decir, cubriría por igual los inmuebles comerciales y de vivienda, incluyendo la vivienda de interés social y de interés prioritario. O sea que, entre cuotas, trámites y posiblemente el IVA, el sueño de la casa propia para las personas de bajos recursos parece más una maratón con obstáculos que un proyecto de vida y el comprar vivienda en Colombia pronto calificaría para los Juegos Olímpicos.
  2. Exención de GMF. Se recordará que en la reforma del año 2022 se promocionó e hizo viral la regla aprobada relacionada con la exención del GMF por las primeras 350 UVT mensuales sin necesidad de marcar una única Ante su fallida posibilidad de implementación en el sistema financiero, con el proyecto de ley de financiamiento, se propone derogar esa regla. Llama la atención que el mismo gobierno que impulsó este mecanismo en 2022 ahora lo desmonte apenas tres años después… Y así, el sueño de tener varias cuentas “libres de 4×1000” quedaría archivado… hasta nuevo aviso.
  3. IVA sobre AIU transporte de valores. También, en la reforma de año 2022 se aprobó que el transporte de valores tuviera IVA del 19% aplicado sobre el AIU (que por definición es el 10% del valor del contrato). El proyecto de reforma propone derogar esta regla especial, de manera que se está aspirando a que las transportadoras de valores empiecen a cobrar el IVA del 19% sobre el 100% de su
  4. IVA sobre servicios turísticos a no residentes. Existe en nuestro ordenamiento una regla de exención al IVA para estos servicios, que busca mejorar el turismo Sin embargo, de manera contradictoria con el discursogubernamental, se propone derogar esta medida, con lo que se impactaría especialmente a agencias de viajes y prestadores de servicios hoteleros que atienden a visitantes internacionales.
  5. Componente inflacionario de rendimientos financieros. El proyecto propone derogar la calidad de no constitutivo de renta que hoy tienen los rendimientos financieros obtenidos del sistema financiero por las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Triste, porque esto desincentiva el ahorro… aunque, visto por el lado amable, quizá sea la señal para gastar más, por ejemplo, viajando por el mundo en vez de seguir invirtiendo. ¿O no?
  6. Utilidad en la venta de casa o apartamento de habitación. Quienes venden la casa o apartamento de habitación cuentan con una exoneración respecto de la porción de ganancia proveniente de inmuebles adquiridos antes del año 1986 (la casa de los abuelos). El proyecto propone acabar esta exoneración.

En fin, si bien estas medidas buscan aumentar el recaudo, lo cierto es que eliminan alivios con los que los contribuyentes contaban, generando un golpe directo al bolsillo de los colombianos. Ahora, llama la atención que varias disposiciones revierten beneficios creados en la propia reforma tributaria de 2022, lo que es absurdo. No queda más que un “lea y vuelva a empezar”, como si el sistema tributario fuera una ruleta.

  1. Batatazo a los vigilados por Se propone, de frente, subir del 1% al 1,5% la contribución que pagan los vigilados a la Superintendencia de Servicios públicos. Pero, a la par con ese aumento de tarifa, se eliminaría la regla que permite reducir de la base de cuantificación de esta tasa, los gastos operativos y en el caso de las empresas del sector eléctrico, las compras de electricidad, las compras de combustibles y los peajes, cuando hubiere lugar a ello; y en las empresas de otros sectores los gastos de naturaleza similar a éstos.

Esta propuesta afecta a todos los vigilados por esta superintendencia (empresas de acueducto, empresas de energía…). En el caso particular de las empresas del sector eléctrico, que hoy no pagan contribución por el costo derivado de la compra de energía, simplemente se propone eliminar esa exclusión, haciendo que no solo crezca el pago por aumento de tarifa, sino por aumento de la base de cuantificación.

¡Bonito así!

  1. La ñapa: nos llama la atención la propuesta de modificación a la regla que consagra la renta líquida por omisión de activos e inclusión de pasivos El proyecto propone extender esta regla a los contribuyentes del SIMPLE y, además, considerar renta líquida la subestimación del valor de los activos. Sin embargo, para quienes tengan activos sin declarar en el exterior, la legalización podría hacerse por vía de inclusión como ganancia ocasional y no como renta líquida, exonerando de cualquier efecto cambiario esa legalización. ¡Vaya vaya!
  2. ¡Dejemos de criticar y busquemos algo positivo! 

En general, el proyecto de ley tiene una fijación en el recaudo; sin embargo, hay cosas que no son tan malas. Resaltemos lo poco que contiene el proyecto:

  1. Incremento transitorio de la deducción por compras soportadas en factura electrónica. El proyecto contempla el aumento temporal de la deducción por compras soportadas con factura electrónica (hoy equivalente al 1%), estableciendo que será del 5% en 2026, 3% en 2027 y regresará al 1% en 2028 en adelante, manteniéndose el límite de 240 UVT.

Si bien el monto puede no ser representativo, esta medida fortalece el control fiscal y promueve el uso de la factura electrónica y el tiquete POS, incentivando la formalización y el registro de las transacciones. Y, bueno, aunque cuesten los cambios, en la era digital, es claro que el camino no es multiplicar trámites, sino ahorrarnos procesos y sumarnos de lleno a la nueva era tributaria digital nos va a permitir, quizá, menos papeleo y un cálculo directo de los impuestos sin que se tenga que sufrir tanto, ¿o será una utopía?

  1. Bonos transferibles en materia de FNCE. El proyecto crea los bonos de transición energética, que confieren al titular el derecho a deducir hasta el 50% de la inversión efectivamente realizada en proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE). Estos bonos podrían ser endosados, otorgando flexibilidad en su utilización. Este tema es plausible, dado que constituye un incentivo para promover la inversión en energías renovables y la transferibilidad de los bonos se amplía a los beneficiarios, permitiendo que incluso quienes no realicen directamente la inversión puedan aprovechar la deducción.
  • Exención de IVA en bienes y servicios para FNCE. Se propone calificar como exenta (hoy excluida) la venta de equipos, maquinaria, servicios y elementos vinculados a proyectos de energías renovables y medidas de eficiencia energética, siempre que estén certificados por la UPME. Este beneficio reduce los costos de inversión en el sector energético, consolidando así un apoyo a la transición energética porque permitiría a los proveedores descontar el IVA que pagan en la compra de los bienes que posteriormente venden a tales proyectos.
  1. Eliminación del procedimiento dos de retención en la fuente. Esta medida resulta interesante solo en dimensión operativa porque al eliminar el procedimiento 2, todo queda bajo un solo mecanismo, que es más plano y directo, lo que representa eficiencias en el trabajo. Sin embargo, desde lo económico, el punto resulta negativo para quienes tienen ingresos variables, a quienes se les vería aumentada su retención en la fuente.

De la mano con esta propuesta, algo interesante es que se acogería la devolución automática de saldos a favor cuando más del 80% de ingresos son laborales. Vaya uno a saber si esta medio alegría que despierta esta propuesta, resultará en un ejemplo más de reglas con letra muerta.

  1. Eliminación de la declaración cuatrimestral de El proyecto propone volver a la declaración de IVA bimestral, acabando la perniciosa regla de los cuatrimestres.

Fuente:https://accounter.co/noticias/editorial/editorial-tributar-asesores-sas-proyecto-de-reforma-algunas-propuestas-casi-invisibles.html

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