El proyecto buscaría fortalecer la empleabilidad mediante la capacitación de trabajadores afectados por

El Ministerio del Trabajo dio a conocer un proyecto de resolución que propone la creación de una ruta tipo para la reconversión laboral, cuyo objetivo sería ofrecer oportunidades de actualización, orientación y capacitación a los trabajadores que se verán afectados por los cambios en los sectores económicos. Esta iniciativa tiene como finalidad facilitar la transición hacia nuevas actividades productivas, emergentes o en transformación, con el propósito de fortalecer la empleabilidad y fomentar la generación de ingresos, contribuyendo simultáneamente al desarrollo económico del país.
De ser aprobado, el proyecto será aplicable a entidades públicas y privadas, así como a organismos territoriales, promotoras de salud, administradoras de riesgos laborales, y a todos los trabajadores en el territorio nacional. Asimismo, se incluirán programas de formación relacionados, asegurando su integración con las políticas nacionales de empleo y respondiendo a las necesidades de un entorno laboral en constante transformación, marcado por cambios sociales, tecnológicos y regulatorios. (Lea: Gobierno propone subsidiar a mipymes por horas extras después de las 6 p. m.).
La implementación de esta ruta estará a cargo de la Subdirección de Promoción de la Organización Social del Ministerio del Trabajo, que establecerá los lineamientos correspondientes en el marco del diálogo social. Las Direcciones Territoriales activarán las subcomisiones pertinentes, con el fin de crear espacios de concertación en los cuales se estructuren comités técnicos tripartitos de reconversión laboral, con representación de trabajadores y el gobierno, ya sea por sector o por región.
Estos comités serán responsables de diseñar estrategias específicas para la reconversión laboral, que incluirán procesos de capacitación, recualificación y la gestión de recursos tanto públicos como privados. La representación se definirá conforme a lo establecido en la Ley 590 de 2000, determinando un número máximo de delegados por estamento, con el fin de garantizar una participación equilibrada y efectiva.