
Se debe tener en cuenta la jornada laboral de 44 horas semanales, que aplica hasta el 15 de julio del 2026.
Con un aumento del 23 % respecto del valor del 2025, el salario mínimo para la vigencia 2026 quedó en $ 1.750.905, de acuerdo con el Decreto 1469 del 29 de diciembre, lo cual permite calcular valores importantes como las horas ordinarias y extras tanto diurnas como nocturnas, así como los días dominicales y festivos para el 2026.
Teniendo en cuenta el valor del salario, que regirá a partir del 1° de enero del 2026, así como la reducción de la jornada laboral a 44 horas semanales, que aplicará hasta el 15 de julio del 2026, en virtud de la Ley 2101 del 2021, las horas laboradas en el mes serán 220 y el valor de la hora laboral ordinaria quedará en $ 7.959.
| Salario mínimo | $ 1.750.905 |
| Auxilio de transporte | $ 249.095 |
| Hora laboral ordinaria(Trabajo diurno entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m.) | $ 7.959 |
| Hora ordinaria nocturna(Trabajo nocturno entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m.) | $ 10.745 |
| Hora extra diurna | $ 9.949 (recargo de $ 1.990) |
| Hora extra nocturna | $ 13.928 (recargo de $ 5.969) |
| Valor de la hora diurna en jornada dominical o festiva* Ley 2466/25 | $ 14.326 (recargo de $ 6.367) |
| Valor de la hora nocturna en jornada dominical o festiva | $ 16.714 (recargo de $ 8.755) |
| Valor de la hora extra diurna en jornada dominical o festiva | $ 15.918 (recargo de $ 7.959) |
| Valor de la hora extra nocturna en jornada dominical o festiva | $ 19.897 (recargo de $ 11.938) |
* Se debe tener en cuenta que en la reforma laboral (Ley 2466/25) se estableció que el trabajo en día de descanso obligatorio o días de fiesta se remunerará con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario y en proporción a las horas laboradas. Este reconocimiento será gradual, así: a partir del 1° de julio del 2025 aumentará a 80 %, el 1° de julio del 2026 subirá al 90 % y en julio del 2027 tendrá plena aplicación.