
¿Usted compró, vendió o intercambió bitcoins? Pues prepárese para reportar esas transferencias ante la Dian si superó los topes, porque no es sólo un asunto de tecnología. Al igual que las cuentas de ahorros, los apartamentos o los carros que posee, las criptomonedas también deben ser declarados ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian.
Todas las operaciones con criptoactivos, sin importar el tamaño, pero si el valor, pueden tener implicaciones a la hora de declarar. Este tema no es solo de ganancias, también cuenta si usted tiene estos activos en su billetera.
El dilema con las criptomonedas no es solo por saber usarlas o invertirlas sino también saber cómo deben ser reportadas. A comparación de ese mundo cripto, donde parecer ser descentralizado, el sistema tributario sigue teniendo sus reglas.
Lo que debe tener en cuenta
Las criptomonedas se consideran activos intangibles o bienes inmateriales y forman parte del patrimonio del contribuyente; es decir, primero deben ser declarados dentro del activo que compone el patrimonio bruto.
Guillermo Benítez, CEO en Foccus Consultores, señaló que el tratamiento de las criptomonedas debe ser guiado por el Estatuto Tributario y la doctrina vigente. En particular, el Concepto Unificado 100202208‑1621 de la Dian, emitido el 17 de octubre de 2023, aclara aspectos “sobre su declaración en el impuesto sobre la renta, la realización de ingresos, la no sujeción al IVA en su enajenación, así como los deberes formales de facturación e información exógena que pueden derivarse de su uso o comercialización”.
Andrés Felipe Velásquez, abogado tributarista y socio de Velásquez Osorio Abogados, señaló que estas se deben reportar en la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable con los siguientes criterios: los criptoactivos que se posean a 31 de diciembre (valor patrimonial según el artículo 267 del Estatuto Tributario); y las ganancias o pérdidas derivadas de su enajenación en la sección correspondiente a ingresos, ganancias ocasionales o actividades económicas.
Los expertos agregaron que en el caso de enajenación, la pérdida o ganancia se determina por la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta, y “es en ese momento que se reconoce fiscalmente las fluctuaciones en el precio de mercado”, señaló Benítez.
En el caso de ganancia, debe declararse ya que la normativa vigente no contempla un tratamiento diferencial frente a otros activos. La clasificación de esa ganancia dependerá del tratamiento contable que se haya dado al criptoactivo; es decir, si ha sido clasificado como inventario se reconocerá como un ingreso ordinario gravable, mientras que si ha sido clasificado como un activo intangible y se ha mantenido por más de dos años, se tratará como ganancia ocasional.
“Si el criptoactivo fue poseído por más de dos años, la utilidad en su venta es gravada con ganancia ocasional, pero si fue poseído por menor tiempo, la utilidad será gravada con el impuesto básico de renta”, agregó el socio de Velásquez Osorio Abogados.
LOS CONTRASTES
Andrés Felipe Velásquez
Socio de Velásquez Osorio Abogados
“Si se detecta omisiones o inexactitudes puede iniciar un procedimiento de determinación oficial del tributo. Por lo que la sanción por inexactitud es de 100%”.
Guillermo Benítez
CEO en Foccus Consultores
“Las criptomonedas son activos, deben ser incluidas en la declaración de renta en el patrimonio a declarar. Se clasifican como activos intangibles”.
Benítez resaltó que “se debe tener en cuenta que no se declaran los movimientos o las transacciones que se realizan en este tipo de moneda, sino que se reportan los ingresos que se obtienen a partir de estas transacciones”.
Umbrales para declarar
En cuanto a los umbrales, las personas naturales que superen algunos topes deberán presentar la declaración del tributo.
Estos topes son que su patrimonio bruto en el último día del año gravable a declarar exceda de 4.500 UVT ($224 millones); que sus ingresos brutos sean superiores a 1.400 UVT ($68,7 millones); que sus consumos mediante tarjeta de crédito excedan de 1.400 UVT ($68,7 millones); que el valor total de sus compras y consumos supere 1.400 UVT ($68,7 millones); o que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras excedan de 1.400 UVT ($68,7 millones).
Sanciones por no declarar
Si usted está pensado en no declarar sus activos en cripto no es muy buena idea, ya que el valor podría hasta duplicarse.
“La Administración Tributaria puede fiscalizar las declaraciones dentro del término de firmeza del artículo 714 del Estatuto Tributario (término general de tres años). Si detecta omisiones o inexactitudes puede iniciar un procedimiento de determinación oficial del tributo (procedimiento de revisión)”, explicó Velásquez.
Los expertos señalaron que la sanción por inexactitud es de 100%, pero si hay omisión de activos puede ser de hasta 200%. Por ejemplo, si usted debía declarar un criptoactivo por $100 millones y usted declaró $20 millones, la sanción sería de 200% de los $80 millones omitidos, más el impuesto que se cause, en lo pertinente. En este caso sería de unos $160 millones.
“Además, hay intereses de mora desde el vencimiento del plazo para declarar y pagar si hay impuesto a cargo. Puede corregirse la declaración para incluir el criptoactivo dentro del patrimonio.
Lo importante será controlar la temática del régimen de comparación patrimonial”, advirtió Velásquez.
El CEO de Foccus Consultores detalló que “si el contribuyente está obligado a presentar información exógena, puede enfrentarse a sanciones que pueden ascender hasta 15.000 UVT (lo que sería, $746,9 millones)”.
Antecedentes
En cuanto a cómo se deben declarar, los expertos indicaron que se debe tener la información completa (compra, venta, minado), y en la declaración del tributo se debe incluir el valor patrimonial al 31 de diciembre en el patrimonio bruto y líquido. “Si el contribuyente está obligado a declarar información exógena, debe incluir los criptoactivos en el formato 1012 con el valor a 31 de diciembre e informando el tercero que interviene y con el código 1206”, señaló Benítez