
Hay empleadores que calculan las horas extras mensualmente a partir del número de horas que se deben trabajar mensualmente con base en la jornada laboral semanal, lo que es incorrecto según nuestro criterio.
Supongamos que en la semana se deben laborar 44 horas. Multiplicamos esas horas por el número de semanas que tiene el mes, que para algunos son 4.29 y para otros 4.33, así que se obtendrán 190 o 188 horas según quien realice el cálculo. De manera que, si se exceden esas horas mensuales, el exceso se considera extra, lo que no es así en absoluto.
Horas extras reales.
Las horas extras deben pagarse sobre la base de las horas realmente trabajadas; por ello, es indispensable calcularlas a diario o, como máximo, cada semana.
Cada mes presenta una cantidad distinta de días laborables: varía tanto el número de días de cada mes como los festivos que pueda haber en cada mes. Por esta razón, no basta con multiplicar las horas semanales por 4.33 o 4.29 para estimar el número de horas a laborar en el mes.
Pongamos un ejemplo: si la jornada semanal es de 42 horas y durante esa semana hay uno o dos días festivos, el trabajador no está obligado a cumplir las 42 horas completas. En consecuencia:
- No puede afirmarse que quien trabajó exactamente 42 horas esa semana no generó horas extras.
- Tampoco procede reconocer como extras únicamente las horas que superen, por ejemplo, 190 horas mensuales; si en ese mes hubo dos festivos, la carga ordinaria será menor.
En resumen, computar como trabajo extra solo lo que exceda de 188 o 190 horas al mes implica desconocer parte de las horas extras que el trabajador laboró efectivamente.
¿Cómo determinar las horas extras mensuales?
Si el empleador insiste en determinar las horas extra mensualmente, lo primero que se debe hacer es determinar las horas a laborar en ese mes en específico, y para ello se parte de la jornada laboral semanal para hallar la jornada diaria, que luego se multiplica por los días laborales del mes.
Suponiendo una jornada laboral de 42 horas semanales, las horas diarias son 7, valor que se multiplica por el número de días laborales del mes correspondiente, excluyendo domingos y festivos, y los sábados en caso de que la jornada laboral implementada por la empresa sea de lunes a viernes.
Fuente:https://www.gerencie.com/como-se-determinan-las-horas-extras-mensuales.html