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Las condenas a las que se exponen los evasores de impuestos en Colombia

La Corte Constitucional declaró exequible el Título VI de la reforma tributaria del Gobierno del presidente Gustavo Petro, que modificó el Código Penal en su Capítulo XII del Título XV del Libro II.

Las penas podrían aumentar en una tercera parte de ese periodo en caso de que la omisión de activos supere los 2.500 smmlv (de cinco a 12 años), y en la mitad cuando supere los 5.000 smmlv (de seis a 13 años y medio).

Cómo se puede evitar

La Dian explica que para ambos delitos la pena podrá extinguirse con el pago de los impuestos, sanciones tributarias e intereses correspondientes, siempre y cuando quien los comete no haya incurrido en estas conductas más de dos veces.

Sin embargo, si la evasión defraudación tributaria son cometidas tres o más veces, la pena carcelaria no podrá extinguirse con los pagos de las obligaciones. En estos casos, ponerse al día servirá a los reincidentes para rebajar la pena hasta la mitad.

Fuente:https://www.portafolio.co/economia/impuestos/impuestos-estas-son-las-penas-carcelarias-que-recibiran-los-evasores-597965

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