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Así puede realizar el cálculo del pago de la prima de fin de año con base en su salario

Para sacar la cifra se debe sumar el salario mensual promedio y el auxilio de transporte, y multiplicarlo por los días trabajados; luego, se divide entre 360 días.

El pago de la prima decembrina es el más importante del año. Sea para cubrir obligaciones, ahorrar o invertir, al menos 10,6 millones de trabajadores están esperando el desembolso del beneficio, el cual debe ser consignado antes del 20 de diciembre. Un cálculo realizado por Asofondos reveló que se pagarán hasta $15,1 billones en primas. Esto es lo que tiene que saber sobre su cálculo.

LOS CONTRASTES

  • Karla EscobarSocia de CMM Estudio Legal“Los trabajadores que tienen derecho a este pago son todos aquellos con un salario ordinario, menos los que tienen un pago integral, que incluye la prima anticipada”.

Porvenir explica que la prima de diciembre es un ingreso extra que llega a los trabajadores como fruto de la labor en el segundo semestre del año. “Si se trabajó de julio a diciembre completo, corresponde el equivalente aproximado a 15 días de salario”, asegura la AFP. Así no se haya trabajado el lapso completo, también se genera un pago de acuerdo a los días que se laboró durante el periodo.

¿Cómo se calcula?

La forma correcta para calcular el pago es el salario mensual promedio más el auxilio de transporte, en caso de que aplique. Lo anterior se multiplica por los días trabajados durante el semestre y se divide entre 360 días.

Un ejemplo ofrecido por Porvenir muestra que un salario de $3 millones, más un auxilio de transporte de $200.000, es de $3,2 millones. Esta cifra debe multiplicarse por 180 días trabajados y dividirse entre 360. El resultado es $1,6 millones; es decir, la prima que recibiría un trabajador con ese salario base.

La AFP recomienda a las personas que tienen comisiones, horas extra y recargos que deben sacar el promedio mensual de lo ganado en el semestre y usarlo como base en la misma fórmula.

Usar el pago con prudencia

Porvenir ofrece algunos usos prudentes que pueden hacerse con este pago. Una de las recomendaciones es ahorrar, aunque sea 20% de la prima. En medio de novenas y regalos, el dinero puede irse rápidamente durante diciembre. Si se guarda en algún tipo de ahorro, se asegura de no gastar más de lo que necesita. Asimismo, se recomienda que se use para reducir las deudas más altas: las de tasas más elevadas, como tarjetas, créditos, entre otras. También sería pertinente generar un fondo de emergencia con el dinero.

En enero, luego de las celebraciones, vienen los dolores de cabeza financieros de las personas. Pagos de matrículas educativas, impuestos o Soat son algunas de las obligaciones que pueden suplirse parcial o completamente con este pago.

Sebastián Toro, fundador de Arena Alfa, aseguró que las personas suelen usar la prima para comprar regalos o viajes, pero pocas personas lo usan para algo diferente, como hacer sus primeras inversiones. “Ojalá la gente se tomara el tiempo de, con la prima, empezar a invertir. Si una persona tiene deudas, lo primero que debe hacer es pagarlas. En caso de que no las tenga, sería muy bueno que las personas aprovechen para abrir un CDT, comprar su primera acción o entrar en un fondo.

¿Qué hacer si no le pagan?

Karla Escobar Arango, socia de CMM Estudio Legal, aseguró que la fecha límite para el pago está establecida por ley. “El primer pago es en junio, a más tardar el 30 de ese mes. El segundo, que es el que viene, debe ser máximo hasta el 20 de diciembre. Se puede pagar antes, pero no después de esas fechas”, dijo.

La abogada aseguró que, luego de cumplido el plazo, un trabajador puede enviar una comunicación escrita a su empleador para que cumpla con la obligación. En caso de que el empleador sea reacio, puede recurrir al Ministerio de Trabajo con el fin de generar una citación. Lo anterior puede generar sanciones administrativas por el incumplimiento de las obligaciones laborales.

Fuente:https://www.larepublica.co/finanzas/asi-puede-realizar-el-calculo-del-pago-de-la-prima-de-fin-de-ano-con-base-en-su-salario-4281123

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