
Esta norma beneficia a los nuevos propietarios de vivienda con un jugoso descuento, siempre y cuando hagan este trámite.
Cumplir el sueño de tener casa propia es un proceso que requiere de disciplina y presupuesto. No solo para adquirir el terreno, también para costear los detalles posteriores como adecuaciones estructurales y procedimientos notariales.
Entre estos últimos requerimientos está el pago de las escrituras que representa un gran gasto y que muchos no alcanzan a contemplar una vez adquirido el predio.
A finales del 2024, el Congreso de la República aprobó la Ley 2434, una normativa que busca mejorar el acceso a la vivienda en Colombia de quienes adquieren este tipo de inmuebles a través de los créditos hipotecarios y el leasing habitacional.
Anteriormente, este tipo de préstamos solo tenía en cuenta un porcentaje o la totalidad del valor de la propiedad, pero ahora, con esta normativa, los bancos y las demás entidades financieras en Colombia
pueden incluir para los usuarios la opción de incorporar los gastos de escrituración y registro en la financiación
Esto con previa solicitud o por acuerdo entre la entidad financiera y el comprador de la propiedad.

Esto es una gran ventaja si se tiene en cuenta que el trámite de la escrituración es bastante costoso y varía conforme al precio del predio, basado en el 0.54 % del valor total de la casa. De ese porcentaje, al comprador le toca asumir el 0.27 % y al vendedor el porcentaje restante,
según la Notaría 4 de Bogotá.
Con la nueva ley, habrá propietarios que, incluso, puedan liquidar los derechos notariales y gastos de registro al 10 % de la tarifa ordinaria que se debe aplicar al momento de hacer
el proceso adquisición.

Ley cambia reglas para que propietarios paguen menos por escrituras en vista de que los gastos de la escritura pública pueden costar millones, dependiendo del valor total del predio, ya sea vivienda de Interés social (VIS), vivienda de interés social prioritaria (VIP), o una compra común, la normativa brinda un gran alivio.
Debido a que estos gastos son aparte de la cuota inicial o del pago total de la adquisición del predio, en algunos casos esta situación implica la solicitud de un préstamo extra, ya que no siempre se cuenta con el presupuesto adicional para cancelar este documento.
Por ejemplo, si una casa vale $ 100.000.000, el 0.54 % de la escritura sería de $ 850.000, pero si cuesta $ 300.000.000, el pago ya sería de $ $ 2.160.000, dinero que algunos no tendrían de manera inmediata.
Pensando en ello, la ley también incluye la disminución del valor de los gastos notariales, incluyendo la vivienda de interés social, dándole beneficios especiales.
Gracias a la modificación del artículo 23 de la ley 546 de 1999, que establece la creación del Fondo de Protección de Créditos de Vivienda (FPCV), la escritura pueden tener un cambio en la tarifa para los siguientes propietarios:
Vivienda normal: se paga solo el 70 % de la tarifa ordinaria aplicable.
Vivienda VIS con subsidio directo: se paga solo el 10 % de la tarifa ordinaria aplicable.
Vivienda VIS no subsidiable: se paga solo el 40% de la tarifa ordinaria aplicable.
La normativa también incluye la digitalización de los trámites que estén relacionados con la valoración de los inmuebles y así agilizar el proceso de compra y registro de viviendas.