Solución Integral Empresarial

Reforma tributaria 2025: Este es el listado de bienes y servicios que pagarán más IVA

El proyecto busca recaudar $26,3 billones ampliando el IVA a combustibles, licores y servicios masivos

El pasado lunes 1 de septiembre, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda, radicó ante el Congreso su propuesta de Ley de Financiamiento 2025, también llamada reforma tributaria. El proyecto, presentado por el ministro Germán Ávila, tiene como meta recaudar $26,3 billones de pesos para cubrir el hueco fiscal del Presupuesto General de la Nación en 2026.

El ministro explicó que esta iniciativa no solo pretende tapar las necesidades inmediatas del Gobierno, sino que busca una estrategia de estabilidad fiscal y macroeconómica en el mediano plazo. En palabras de Ávila, será una herramienta clave también para el próximo Gobierno, pues permitirá consolidar una base sólida de ingresos y aliviar presiones como el déficit del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Fepc).

El documento plantea una serie de cambios profundos en el sistema tributario. Se destacan los ajustes en el IVA, que se extenderá a sectores que antes estaban excluidos o tenían tarifas reducidas. Además, se incluyen modificaciones en renta, patrimonio y creación de nuevos tributos asociados a la explotación de hidrocarburos.

Uno de los puntos centrales es la ampliación del alcance del IVA hacia actividades de consumo masivo, combustibles y productos básicos, lo cual generará un impacto directo en el bolsillo de ciudadanos y empresas.

A continuación, se detallan los cambios más relevantes en materia de IVA que contempla esta reforma tributaria.

Juegos de suerte y azar: IVA del 19 % para apuestas físicas y en línea

La reforma establece que todos los juegos de suerte y azar estarán gravados con la tarifa general del IVA del 19 %. Esto incluye loterías electrónicas, apuestas deportivas, casinos, bingos, tragamonedas y las plataformas de juegos en línea.

La base gravable dependerá del tipo de juego. En apuestas presenciales será el valor de la boleta o de la apuesta, mientras que en los juegos en línea se tomará como referencia el valor del depósito realizado por el usuario. El responsable de recaudar y girar el IVA será el operador del juego, incluso si opera desde fuera del país.

Este cambio representa un golpe para el sector. Según la Federación Colombiana de Empresarios de Juegos de Suerte y Azar (Fecoljuegos), desde la entrada en vigor del IVA del 19 % los ingresos reales del gremio, durante la emergencia económica en el Catatumbo, han caído alrededor de un 32 %.

El impuesto se causará al momento de la apuesta o del depósito, y se aplicará tanto a transacciones en efectivo como a transferencias y criptoactivos. Además, los juegos localizados tendrán bases gravables en Unidades de Valor Tributario (UVT).

En la práctica, esto significa que apostar en Colombia será más costoso, y el Estado espera incrementar su recaudo aprovechando el auge del sector digital.

Cuotas de administración y parqueaderos ahora con IVA

Hasta ahora, las cuotas de administración en conjuntos residenciales o comerciales no estaban gravadas con IVA. La reforma cambia este panorama: cuando el beneficiario sea un no contribuyente de renta, esas cuotas deberán incluir el impuesto.

De igual forma, los servicios de parqueaderos y la explotación de áreas comunes en propiedades horizontales de uso comercial o mixto estarán sujetos al cobro del IVA. Las únicas que se mantienen exentas son las propiedades horizontales residenciales.

Este ajuste busca ampliar la base gravable hacia sectores que tradicionalmente no pagaban este tributo. Sin embargo, impactará de manera directa a comerciantes, empresas y oficinas que funcionan dentro de conjuntos empresariales o centros comerciales.

IVA en conjuntos residenciales en Reforma tributaria 2026

Para los usuarios finales, el cambio se traducirá en un aumento en los costos de administración y estacionamiento. Para el Estado, significa un mayor recaudo al regularizar un sector de amplia circulación económica.

La medida también busca cerrar brechas entre quienes sí aportan IVA en servicios similares fuera de la figura de propiedad horizontal y quienes hasta hoy estaban exentos.

En conclusión, los costos de administración en espacios empresariales subirán, afectando a arrendatarios y propietarios de inmuebles comerciales.

El IVA en combustibles: un impacto directo en el bolsillo

Uno de los cambios más sensibles está en los combustibles líquidos derivados del petróleo. El Gobierno argumenta que su precio actual no refleja los costos ambientales ni de salud pública que generan. Por ello, plantea un cronograma de aumento del IVA.

  • Gasolina: tendrá una tarifa del 10 % desde el 1 de enero de 2026 y pasará al 19 % en 2027.
  • ACPM (diésel): aplicará una tarifa del 10 % en 2026 y 2027, y la tarifa general del 19 % desde el 2028.
  • Biocombustibles para motores diésel: pasarán a tarifa general del 19 % a partir de 2027.
  • Alcohol carburante para mezcla con gasolina: tarifa general desde julio de 2026.
  • Otros combustibles fósiles: tarifa general desde 2026.
El IVA en combustibles: un impacto directo en el bolsillo

El ministro Germán Ávila reconoció que esta medida tendrá un impacto directo en el consumidor. Se calcula que el precio de la gasolina podría subir en promedio 466 pesos por galón y el del ACPM en 256 pesos.

El Gobierno espera recaudar 2,6 billones de pesos en 2026 y 7,2 billones desde 2027 gracias a estos ajustes.

Si bien el cambio fortalece la política de transición energética, tendrá efectos inmediatos sobre transporte, logística, canasta familiar e inflación.

Bienes básicos e insumos industriales: en el mismo 5 %

En la actualidad, varios bienes de la canasta básica y materias primas para la industria estaban excluidos de IVA. Con la reforma, mantendrán una tarifa reducida del 5 %.

Entre los productos que continúan con la tarifa se encuentran: café, trigo, arroz y maíz para uso industrial, harinas, aceites crudos de soya, palma, girasol, algodón, maíz y colza. También se incluyen azúcar, melaza, chocolate de mesa, pastas, productos de panadería tradicionales, salchichón, butifarra y mortadela.

La lista contempla además insumos agrícolas, maquinaria y hasta vehículos eléctricos, que tendrán la misma tarifa del 5 %.

El Gobierno justifica la medida bajo el argumento de que todos deben aportar y de que este nivel de tributación sigue siendo menor al 19 % general.

Licores, vinos y similares: IVA general y más recursos para salud

Actualmente, las bebidas alcohólicas solo pagan el impuesto al consumo administrado por los departamentos. La reforma busca unificar y simplificar el esquema tributario, añadiendo el IVA general del 19 %.

Esto aplicará a aguardientes, rones, whiskys, vodkas, brandys, vinos, sidras y similares. Además, se fijará una nueva estructura para el impuesto al consumo, con tarifas específicas por grado alcohólico que se ajustarán anualmente según inflación + 4 puntos.

Licores, vinos y similares: IVA general y más recursos para salud

El Gobierno asegura que esta medida permitirá un recaudo adicional de 784 mil millones de pesos en 2026 por IVA y 6,5 billones por consumo de licores.

Cinco (5) puntos del IVA se cederán a los departamentos, destinados al financiamiento del sistema de salud.

En la práctica, el precio de una botella de licor subirá de forma considerable, con el doble propósito de recaudar más y desincentivar el consumo nocivo.

Servicios de entretenimiento, cultura y deporte: IVA del 19 %

Los eventos culturales y deportivos, que tradicionalmente estaban exentos o excluidos de IVA, ahora estarán gravados con la tarifa general del 19 % cuando superen el valor de 10 UVT.

Esto incluye conciertos, obras de teatro, espectáculos masivos, entradas a estadios, ferias y otras actividades recreativas. El impuesto se aplicará sobre el valor de la boleta y cualquier cargo adicional asociado.

El Gobierno espera así recaudar más en un sector con gran demanda, pero el efecto inmediato será un encarecimiento en el acceso a la cultura y el deporte.

El impuesto deberá discriminarse en tiquetes, facturas o cuentas de cobro, lo que implica que los organizadores deberán ajustar sus precios e incluir el IVA en el valor total.

La medida ha generado preocupación en promotores y artistas, pues podría reducir la asistencia a eventos y afectar la industria cultural. No obstante, el Gobierno defiende la propuesta como una medida de equidad tributaria, al considerar que quienes acceden a este tipo de servicios tienen mayor capacidad de pago.

Vehículos, motos y embarcaciones: IVA para gama media y bienes de lujo

Finalmente, la reforma propone cambios importantes en el sector automotriz y de transporte privado.

  • Vehículos familiares, camperos y pick-ups con valor inferior a USD $30.000 → IVA del 8 %.
  • Vehículos con valor superior a USD $30.000, motocicletas de más de 200 cc, yates, aeronaves privadas y barcos de recreo → IVA del 19 %.

La Dian estima que esta medida podría aumentar el recaudo en 146 mil millones de pesos para 2026.

Además, los vehículos híbridos que hoy pagan un IVA reducido del 5 % pasarán al 19 %, bajo el argumento de que siguen generando un impacto ambiental considerable. La apuesta del Gobierno es incentivar la compra de vehículos eléctricos de cero emisiones, que seguirán teniendo beneficios.

El efecto inmediato será un incremento en el costo de vehículos de gama media y alta, impactando a hogares con mayor capacidad adquisitiva y a sectores como el transporte privado de lujo.

Fuente:https://ultimahoracol.com/colombia/reforma-tributaria-2025-este-es-el-listado-de-bienes-y-servicios-que-pagaran-mas-iva

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