Radicada la reforma tributaria 2026: $21,9 billones en juego, un Congreso recién instalado y un gobierno que se despide en dieciocho días.
El 20 de julio de 2026, el mismo día en que se instaló el Congreso 2026-2030, el Ministerio de Hacienda radicó el Proyecto de Ley «Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria y se dictan otras disposiciones». La meta es recaudar $21,9 billones en 2027, es decir el 1% del PIB, y asegurar recursos permanentes cercanos al 1,5% del PIB desde 2028. Todo esto ocurre con la cláusula de escape de la Regla Fiscal activada, un déficit proyectado de -4,9% del PIB para 2027 y un cambio de gobierno el 7 de agosto que pone en duda la viabilidad del trámite.
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Redacción Accounter
Equipo Editorial Técnico · 22 de julio de 2026
9 min. de lectura
La exposición de motivos no esconde la gravedad del momento. Colombia enfrenta un desequilibrio estructural en el que el gasto inflexible crece por encima de la dinámica de los ingresos: más del 90% del Presupuesto General de la Nación corresponde a erogaciones que la ley no permite recortar. El CONFIS activó la cláusula de escape de la Regla Fiscal con metas de balance total de -7,1% del PIB para 2025, -5,3% para 2026 y -4,9% para 2027, y el proyecto radicado se presenta como el primer paso de una senda de retorno al pleno cumplimiento de la regla a partir de 2028. El diagnóstico es sólido. Lo que está en entredicho es el calendario: la reforma llega al Capitolio cuando faltan dieciocho días para que el presidente electo, Abelardo De La Espriella, asuma el poder.
El articulado, de 32 artículos organizados en cinco títulos, combina cuatro grandes fuentes de recaudo para 2027: la reducción del gasto tributario ($6,7 billones), medidas de progresividad en renta y patrimonio ($3,4 billones), gravámenes a externalidades negativas ($3,2 billones) y la reducción de la exoneración de aportes de seguridad social ($8,5 billones). Esos $21,9 billones crecerían hasta $37 billones en 2030 si las disposiciones se mantienen en el tiempo.1
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El déficit no se archiva con el proyecto. Si el nuevo gobierno retira la reforma, y todo indica que lo hará, tendrá que responder de inmediato con la suya, porque el Presupuesto de 2027 depende de estas fuentes.
Qué propone el proyecto: el mapa de las medidas
El eje central es la reducción del gasto tributario en IVA, que según la exposición de motivos concentra la mayor parte de las pérdidas de ingresos fiscales del país: 5,6% del PIB en 2023, con un costo fiscal que superó los $88 billones. Sobre esa base, el proyecto grava a la tarifa general los juegos de suerte y azar operados por internet ($1,7 billones esperados en 2027), lleva los vehículos híbridos del 5% al 19% ($303 mil millones), elimina la exención de IVA a los servicios turísticos prestados a no residentes y aumenta gradualmente el IVA de la gasolina y el ACPM: 10% sobre el ingreso al productor desde enero de 2027 y tarifa general del 19% desde enero de 2028, con un recaudo estimado de $3,6 billones el primer año y $8,0 billones en promedio desde 2028.
En materia de progresividad, el proyecto reduce el umbral del impuesto al patrimonio de 72.000 a 40.000 UVT, con lo que 105.332 contribuyentes quedarían cobijados por el gravamen, apenas el 1,7% de quienes declaran renta. Además crea tarifas marginales de hasta el 5% para los patrimonios superiores a 2.000.000 UVT. Eleva la tarifa máxima de renta de personas naturales del 39% al 41%, sube al 30% las ganancias ocasionales por rifas, loterías y apuestas, incrementa de forma permanente la sobretasa al sector financiero de 5 a 15 puntos adicionales (tarifa total del 50%) y equipara las condiciones de la sobretasa entre carbón y petróleo.
📋 Las cuatro fuentes de recaudo del proyecto para 2027 ($MM)
El Título I, sobre reducción del gasto tributario, aporta $6.717 mil millones (IVA, combustibles, juegos de suerte y azar, personas naturales). El Título II, de progresividad, suma $3.439 mil millones (renta de personas naturales y jurídicas, patrimonio). El Título III, dedicado a las externalidades negativas, agrega $3.237 mil millones (impuesto al carbono, impuesto especial a la extracción de petróleo y carbón, tabaco, vapeadores, licores e impoconsumo). Y el Título IV, que reduce la exoneración de aportes de seguridad social, es la fuente más grande con $8.529 mil millones (salud y parafiscales de SENA e ICBF).
Total 2027: $21.921 mil millones, equivalentes al 1,0% del PIB. La senda proyectada asciende a $32,8 billones en 2028, $35,0 billones en 2029 y $37,0 billones en 2030, para un recaudo permanente promedio del 1,5% del PIB desde 2028.
Lo defendible y lo discutible: dos lecturas del articulado
No todo el proyecto es igualmente controvertible. Hay un bloque de medidas de higiene tributaria que cualquier gobierno, sea de izquierda o de derecha, terminará considerando, y otro bloque cuyos efectos sobre precios, crédito y empleo formal exigen un debate que este calendario difícilmente permite.
📊 Medidas técnicamente defendibles
La racionalización de un gasto tributario que la OCDE calificó en 2022 de regresivo; la eliminación de la exención de IVA a las importaciones de bajo costo (minimis, $1,1 billones), que hoy privilegia al comercio digital extranjero frente al comercio local; el aumento de la tarifa de presencia económica significativa del 3% al 5% para plataformas del exterior; la corrección de la duplicidad de beneficios por dependientes en renta ($1.408 mil millones); los impuestos saludables al tabaco, los vapeadores ($1,0 billón) y las bebidas alcohólicas ($726 mil millones), cuyos costos sanitarios superan con creces su recaudo: solo el tabaco le cuesta al sistema de salud más de $6,5 billones al año; y el ajuste del impuesto al carbono a $42.000 por tonelada de CO₂eq, todavía por debajo de la recomendación internacional del Banco Mundial.
📊 Medidas que exigen un debate más amplio
El IVA a los combustibles, con un efecto inflacionario estimado por el propio Ministerio de hasta 0,43pp en 2027 y un impacto directo sobre el transporte de carga, el agro y la industria; la sobretasa financiera permanente del 15%, cuyo traslado al costo del crédito no está plenamente dimensionado; y, sobre todo, la reducción del umbral de exoneración de aportes parafiscales y de salud de 10 a 3 salarios mínimos, que encarece la nómina formal de unos 675 mil trabajadores dependientes (el 8,6% de los ocupados formales dependientes) justo cuando el país necesita más formalización, no menos. El propio documento reconoce que sectores como comunicaciones, actividades financieras y profesionales verían reducidos sus márgenes y podrían trasladar los mayores costos a precios finales.
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Un impuesto puede ser progresivo en el papel y regresivo en sus efectos si desincentiva el empleo formal. La reducción del umbral de parafiscales de 10 a 3 salarios mínimos merece esa discusión, no un trámite exprés.
El contexto político: una reforma radicada en tiempo de descuento
La aritmética política es tozuda. El proyecto fue radicado ante un Congreso recién instalado, por un gobierno al que le quedan dieciocho días, y el ministro de Hacienda designado por el presidente electo, Miguel Gómez, ya lo calificó como «el último gesto de irresponsabilidad» de la administración saliente, anunciando en cambio una reforma propia orientada a simplificar el estatuto tributario, reducir la carga sobre las empresas y concentrar el recaudo en el IVA, el IVA externo y la renta. Congresistas como el representante Óscar Darío Pérez anticipan pocas probabilidades de éxito y recuerdan que, desde el 7 de agosto, la nueva administración podrá retirar el proyecto o modificarlo.
El presidente Petro, por su parte, salió a defender la iniciativa ante los empresarios invocando los datos de crecimiento de la economía y pidiendo «no dejarse engañar». El ministro Ávila ha insistido en que el proyecto no obliga al gobierno entrante: podrá adoptarlo, acompañarlo o apartarse de él. Pero hay un dato de calendario que nadie puede eludir: el Presupuesto General de 2027 debe radicarse antes del 30 de julio y sus estimativos de ingresos incorporan, en parte, estas fuentes. Archivar la reforma sin un plan alterno equivale a presentar un presupuesto desfinanciado. Ese es, precisamente, el mismo pecado que la exposición de motivos le reprocha al ciclo fiscal de 2025 y 2026.
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Consideraciones prácticas.
La recomendación inmediata es no ajustar todavía ningún proceso: se trata de un proyecto de ley radicado, no de una norma vigente, y su probabilidad de aprobación en los términos actuales es baja. Lo prudente es modelar escenarios. Las medidas que entrarían a regir el 1 de enero de 2027, entre ellas el IVA a combustibles al 10%, la derogatoria del componente inflacionario, la eliminación del descuento del artículo 254-1 y el IVA a las importaciones minimis, junto con las que rigen desde la promulgación, como el IVA general a licores, deben incorporarse a la planeación de 2027 como escenario contingente y no como base.
Los contribuyentes del impuesto al patrimonio deben prestar especial atención al nuevo umbral de 40.000 UVT (unos $2.223 millones con la UVT proyectada de 2027): una porción significativa de personas naturales que hoy no declaran este impuesto entraría a su base. Igualmente, las empresas con trabajadores entre 3 y 10 salarios mínimos deben cuantificar el impacto del 13,5% adicional sobre esa franja de nómina (8,5% salud, 3% ICBF, 2% SENA) en sus presupuestos de 2027, así el proyecto termine modificándose en el trámite.
La lección de fondo trasciende este articulado. Hay medidas que merecen sobrevivir al cambio de gobierno bajo cualquier bandera: la racionalización del gasto tributario en IVA, los impuestos saludables y el cierre de arbitrajes con el comercio digital extranjero son reformas de higiene tributaria, no de color político. Y hay una verdad incómoda que saliente y entrante deberán encarar por igual. La cláusula de escape de la Regla Fiscal no se puede activar para siempre, y el Pacto Fiscal que invoca la exposición de motivos solo será posible si se construye entre gobiernos de signo distinto, sobre la pregunta que Colombia lleva décadas aplazando: cuánto Estado queremos y quién lo paga.
✦ Al Grano — Accounter
El 20 de julio de 2026 el Gobierno radicó su cuarta reforma tributaria: $21,9 billones para 2027 mediante reducción del gasto tributario en IVA (combustibles, híbridos, juegos en línea, turismo de no residentes), mayor progresividad (patrimonio desde 40.000 UVT, renta hasta el 41%, sobretasa financiera del 15%), impuestos a externalidades (carbono, extracción de petróleo y carbón, tabaco, vapeadores, licores) y reducción de la exoneración de parafiscales de 10 a 3 salarios mínimos. El diagnóstico fiscal es sólido, pero el proyecto llega a dieciocho días del cambio de gobierno: el equipo entrante ya anunció una reforma propia con enfoque opuesto y el Congreso anticipa un trámite improbable. Recomendación: no ajustar procesos, modelar escenarios contingentes para 2027 y seguir de cerca el presupuesto que debe radicarse antes del 30 de julio.
Referencias normativas y doctrinales
Proyecto de Ley «Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria y se dictan otras disposiciones», radicado ante la Cámara de Representantes el 20 de julio de 2026 por el Ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas. Exposición de motivos y articulado (32 artículos, 5 títulos).
Ley 1473 de 2011 — Regla Fiscal. Activación de la cláusula de escape por el CONFIS, con concepto previo no vinculante del CARF: metas de balance total de -7,1% (2025), -5,3% (2026) y -4,9% (2027) del PIB.
Ley 2277 de 2022 — Reforma tributaria vigente: límites a rentas exentas, impuesto al patrimonio permanente, tributación de dividendos en cédula general, sobretasas sectoriales, transición del impuesto al carbono.
Estatuto Tributario, artículos 114-1 (exoneración de aportes), 240 (sobretasas), 241 (tarifas de renta PN), 294-3 y 296-3 (patrimonio), 317 (ganancias ocasionales), 428 lit. j (minimis), 20-3 (presencia económica significativa).
OCDE (2022), Tax Policy Reviews: Colombia — carácter regresivo del sistema de beneficios tributarios. Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios (2021).
Marco Fiscal de Mediano Plazo 2025 y 2026, Ministerio de Hacienda y Crédito Público — lineamientos de la estrategia de consolidación fiscal y supuestos macroeconómicos del proyecto.rvados 2026 · Este artículo tiene carácter informativo y editorial. No constituye asesoría contable individualizada.
Fuente:https://accounter.co/noticias/editorial/radicada-la-reforma-tributaria-2026-219-billones-en-juego-un-congreso-recien-instalado-y-un-gobierno-que-se-despide-en-dieciocho-dias?utm_source=Registrados&utm_campaign=0dab7b8170-EMAIL_CAMPAIGN_2025_08_14_07_57_COPY_01&utm_medium=email&utm_term=0_-47d73b6cb0-356265064&mc_cid=0dab7b8170&mc_eid=de91200d8e
