La Sección Segunda del Consejo de Estado informó que se han admitido dos demandas de nulidad contra el Decreto 1469/25, por el cual se fijó el salario mínimo mensual para la vigencia 2026. Los procesos se identifican con los números 11001032500020260000300/0000400/0001400 y 0002900. Los textos pueden consultarse a través del sistema SAMAI.
La primera de las demandas solicita principalmente que se declare la nulidad del artículo 1 de la norma y, subsidiariamente, que se declare la nulidad parcial del guarismo «23 %» contenido tanto en la motivación como en la parte resolutiva, ordenando expedir un nuevo acto administrativo que se ajuste a los parámetros de ponderación constitucional: IPC + Productividad + Puntos razonables de equidad.
Impacto irreversible
Según el demandante, el decreto reconoce expresamente una inflación del 5,3 % y una productividad del 0,91 % y, sin embargo, dispone un aumento del 23 %. A su juicio, esta desproporción aritmética genera a partir del 1 de enero del 2026 un impacto irreversible en la estructura de costos de las Mipymes, desempleo e inflación, haciendo ineficaz el fallo futuro si no se detiene ahora.
Adicionalmente, advierte un desconocimiento del precedente jurisprudencial (Sentencia 00019/17 del Consejo de Estado), que estableció una regla clara y vinculante en cuanto a la validez del decreto que fija el salario mínimo. Y es que no basta con citar indicadores económicos en los considerandos, Es necesario explicar la incidencia de cada factor en la cifra final decretada.
Inflación real causada
Otro de los cargos se refiere a la falsa motivación por desconocimiento de la inflación real causada. Según la demanda, si bien el acto administrativo cuestionado cita el IPC a noviembre (5,3 %), utiliza el concepto de «Salario Vital» para justificar un aumento del 23 %, con base en un estudio ad hoc de la OIT sobre «brechas».
La solicitud de suspensión provisional se explica en que el alto tribunal ya definió que un decreto de salario mínimo que no explique el «peso específico» de los factores técnicos es nulo. Por lo tanto, señala, permitir la vigencia de la norma, que repite exactamente el mismo vicio del decreto anulado en 2017, generaría un perjuicio irremediable a la economía, obligando a pagos que luego no podrán recuperarse.
Fuente:https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/esto-dicen-las-demandas-que-admitio-el-consejo-de-estado-contra-el-decreto-del
