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CTCP precisa límites y alcances del ejercicio de revisoría fiscal

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), en reciente concepto, señaló que el revisor fiscal debe comunicar hechos, riesgos y debilidades de control basados en evidencia suficiente, actuando con objetividad, independencia y escepticismo profesional.

El organismo advirtió que su lenguaje debe ser estrictamente técnico, evitando expresiones que impliquen juicios concluyentes, imputación de responsabilidades o calificativos propios de autoridades disciplinarias o judiciales.

Así mismo, recordó que el revisor no tiene facultades sancionatorias, su función es advertir irregularidades con base en la evidencia recopilada durante su labor y formular las observaciones y recomendaciones pertinentes.

El CTCP también aclaró que las recomendaciones deben limitarse al ámbito técnico y no pueden incidir en decisiones disciplinarias internas, a fin de evitar actos que puedan interpretarse como coadministración. No obstante, cuando se detecten hechos que puedan constituir delitos, el revisor fiscal debe informar primero a los órganos de administración y, de ser necesario, remitirlos a las autoridades competentes, en cumplimiento de su función de fiscalización y del interés público.

Fuente:https://www.ambitojuridico.com/noticias/contable/ctcp-precisa-limites-y-alcances-del-ejercicio-de-revisoria-fiscal