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Cobro de intereses de cesantías: estos son los cambios que tendrá este proceso para este año por la reforma laboral

Este año, millones de trabajadores colombianos que tienen contrato laboral formal verán un cambio importante en la forma en que pueden recibir los intereses sobre sus cesantías, gracias a la reciente reforma laboral (Ley 2466 de 2025).

¿Qué son y por qué importan los intereses de cesantías?

Las cesantías son una prestación social obligatoria equivalente a un mes de salario por año trabajado que los empleadores consignan a un fondo (como Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia o el Fondo Nacional del Ahorro) para proteger al trabajador en caso de desempleo u otras necesidades.

Administración de las cesantías

Además de ese ahorro, las empresas deben pagar a sus empleados intereses sobre las cesantías. Este pago extra corresponde al 12% anual del valor acumulado de las cesantías al 31 de diciembre, o proporcional si el trabajador no completó el año.
Tradicionalmente, ese pago se realizaba una sola vez cada año antes del 31 de enero siguiente.

¿Cuál es la novedad este año?

Con la entrada en vigencia de la reforma laboral, a partir de 2025 los trabajadores y empleadores ya pueden acordar otra forma de pago. En lugar de recibir todo el interés en enero, pueden pactar el pago mensualizado.

Este acuerdo debe estar por escrito y de común acuerdo entre ambas partes. No es obligatorio, pues quienes no lo pacten seguirán recibiendo el pago anual en enero, tal como lo exige la ley laboral.

¿Cómo funciona la mensualización?

Modalidad tradicional: el empleador liquida el 12% de los intereses sobre el saldo acumulado de cesantías del año anterior y lo paga antes del 31 de enero.
Nueva opción con reforma: si lo acuerdan, el empleador puede pagar cada mes el 1% del salario base del trabajador, lo que suma al final del año el mismo 12%.

Colombia debe reducir su gasto cuanto antes para evitar agravar la crisis fiscal.

Esta alternativa ofrece ingresos periódicos adicionales durante todo el año, en vez de concentrar todo el pago en enero, lo que puede facilitar la planificación financiera familiar.

¿Qué obligaciones siguen vigentes?

Aunque exista la posibilidad de mensualizar los intereses, el empleador sigue obligado por ley a pagarlos. Si no cumple con los pagos antes del 31 de enero (en el caso del esquema anual), se expone a sanciones y debe compensar al trabajador por cada día de retraso, según lo establece la normativa laboral.

¿Cuándo se deben pagar las cesantías en Colombia?

Además, estos intereses se entregan directamente al trabajador y no se consignan en el fondo de cesantías, porque son un beneficio distinto del ahorro principal.

¿Cómo se calcula el monto que debe recibir un trabajador?

Para calcular los intereses de cesantías se usa una fórmula establecida por la ley:
Intereses = (cesantías acumuladas × días trabajados × 0,12) / 360
Por ejemplo, si un trabajador generó cesantías por $2’000.000 durante todo 2025, sus intereses serían $240.000 que deben pagarse al más tardar el 31 de enero de 2026 en la modalidad tradicional.

Fuente:https://www.portafolio.co/mis-finanzas/ahorro/cobro-de-intereses-de-cesantias-estos-son-los-cambios-que-tendra-este-proceso-para-este-ano-por-la-reforma-laboral-486160

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