La Corte Suprema de Justicia amplió la protección del fuero de estabilidad laboral reforzada de los prepensionados y, en ese orden, precisó que los empleadores particulares no pueden despedir sin justa causa a sus trabajadores si les faltan tres años o menos para la edad pensional, aun cuando hayan cumplido con las semanas de cotización.
De lo que se trata, advirtió la Sala Laboral, es de garantizarle al trabajador y a su núcleo familiar las fuentes normales de existencia durante el período que hace falta para el aseguramiento de la pensión y, de ese modo, evitar que el sujeto de especial protección caiga en un estado de necesidad, producto de la pérdida del empleo.
Y es que la estabilidad no puede entenderse como una permanencia absoluta o irrestricta en el puesto de trabajo, sino en la aplicación de medidas normativas que protejan al trabajador para que las causales de despido acreditadas por el empleador no resulten arbitrarias o contrarias a derecho, agregó.
El alto tribunal se apartó del criterio de protección que mantenía la Corte Constitucional, al considerar que el argumento según el cual la edad podía ser cumplida con o sin vinculación laboral resultaba discriminatorio. En efecto, señaló, la pérdida del empleo en proximidades a la obtención del derecho pensional genera al trabajador una situación de vulnerabilidad estructural, al producir un impacto desproporcionado y negativo en su proyecto de vida y en su mínimo vital.
Si la seguridad social busca hacer efectiva la solidaridad entre afiliados para garantizar el pago oportuno de prestaciones y la sostenibilidad financiera del sistema, no tendría sentido excluir a los prepensionados, quienes durante largos periodos de tiempo han sufragado sus aportes y durante un ciclo laboral de más de cinco lustros han contribuido, lo cual incide en que permanezcan vinculados para protegerlos de los riesgos comunes, finalizó (M. P. Luis Benedicto Herrera Díaz).
Fuente:https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/trabajador-al-que-le-falten-tres-anos-o-menos-para-la-edad-pensional-no-puede-ser
